Última actualización: 25 de septiembre de 2026
Sitio Web: immigrationprotraining.com
Entidad Responsable: Bienvenidos a NuevaYork Corp. (nombre comercial: Immigration Professional Training)
Dirección Académica: Sandra Rodríguez
Ciudad de Operaciones: Nueva York, NY, Estados Unidos de América | Dirección física / domicilio: Bienvenidos a NuevaYork Corp.
Sandra Rodríguez
34-18 Northern Blv.
Suite 438
Green Desk Building
Long Island City
New York, NY 11101
Canales de Contacto: immigrationprotraining@gmail.com | Teléfono: +1 (347) 314-9960
⚠️ AVISO LEGAL FUNDAMENTAL Y DECLARACIÓN OBLIGATORIA: IMMIGRATION PROFESSIONAL TRAINING, SU DIRECTORA SANDRA RODRÍGUEZ, SUS INSTRUCTORES Y COLABORADORES NO SON UN BUFETE DE ABOGADOS NI SON ABOGADOS CON LICENCIA PARA EJERCER EL DERECHO EN NINGÚN ESTADO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. NINGUNA PERSONA VINCULADA A ESTE INSTITUTO ESTÁ AUTORIZADA PARA BRINDAR ASESORAMIENTO LEGAL, CONSEJO JURÍDICO, OPINIONES DE DERECHO NI REPRESENTACIÓN LEGAL ANTE EL SERVICIO DE CIUDADANÍA E INMIGRACIÓN DE LOS ESTADOS UNIDOS (USCIS), LA OFICINA EJECUTIVA DE REVISIÓN DE INMIGRACIÓN (EOIR / CORTES DE INMIGRACIÓN), LA JUNTA DE APELACIONES DE INMIGRACIÓN (BIA), EL DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD NACIONAL (DHS), EL DEPARTAMENTO DE ESTADO (DOS) NI ANTE NINGUNA OTRA CORTE, TRIBUNAL O AGENCIA GUBERNAMENTAL.
1. Naturaleza y Propósito Exclusivamente Educativo
Todo el contenido publicado, transmitido o comercializado a través de immigrationprotraining.com, incluyendo sin limitación cursos grabados, clases en vivo, material de audio y video, simulaciones de entrevistas de admisión (intake), transcripciones, diapositivas, guías operativas, listas de verificación (checklists), índices probatorios modelo y análisis sobre formularios oficiales del gobierno federal de EE.UU. (tales como los formularios I-589 y I-914, entre otros), tiene fines estricta y exclusivamente educativos, didácticos, vocacionales y de orientación técnica.
Nuestros programas están estructurados para enseñar a asistentes de trámites, preparadores independientes de formas de inmigración y asistentes Para-legales (que trabajen bajo la supervisión directa de un abogado debidamente licenciado) cómo organizar expedientes, transcribir información proporcionada directamente por los solicitantes en los formularios públicos y compilar anexos probatorios con orden, claridad y rigor metodológico.
Bajo ninguna circunstancia la información compartida en este sitio web o en los cursos debe ser considerada, interpretada o utilizada como un sustituto del consejo legal profesional personalizado que solo un abogado de inmigración con licencia activa o un representante acreditado por el Departamento de Justicia (DOJ/EOIR) puede otorgar legítimamente.
No tenemos afiliación, patrocinio ni endoso de USCIS, EOIR, el DHS ni del Gobierno de los Estados Unidos de América.
2. Prevención de la Práctica No Autorizada de la Ley (Unauthorized Practice of Law – UPL)
En Immigration Professional Training promovemos una cultura de estricta ética profesional y cumplimiento normativo. En los Estados Unidos, la Práctica No Autorizada de la Ley (UPL) es un delito civil y/o penal severamente castigado por los códigos de cada estado y por las leyes federales.
Enseñamos de forma categórica e insistente a todos nuestros alumnos la línea divisoria infranqueable entre las funciones permitidas para un preparador de documentos y los actos exclusivos de la abogacía:
A. Lo que un Preparador de Documentos Migratorios SÍ puede hacer:
- Transcribir: Escribir en los formularios oficiales de inmigración la información fáctica exacta que el cliente le dicte o suministre por escrito en hojas de admisión (intake sheets).
- Traducir: Traducir documentos de soporte (partidas de nacimiento, certificados de matrimonio, cartas, etc.) del español (u otro idioma) al inglés, adjuntando la correspondiente certificación de competencia del traductor exigida por USCIS.
- Mecanografiar y Organizar: Ensamblar físicamente el paquete de envío en el orden recomendado por USCIS (formulario, tarifa o pago, índice probatorio, anexos y cartas de presentación estándar).
- Referir a Instrucciones Oficiales: Leer en voz alta o entregar copias impresas de las instrucciones públicas emitidas por USCIS sin emitir interpretaciones subjetivas de su significado legal.
B. Lo que un Preparador de Documentos Migratorios TIENE ESTRICTAMENTE PROHIBIDO hacer (Constituye UPL):
- Seleccionar formularios: Decirle al cliente qué formulario o qué vía migratoria le conviene solicitar (por ejemplo, aconsejar si debe pedir Asilo, Visa T, Visa U o Ajuste de Estatus).
- Brindar Asesoría Legal: Interpretar la elegibilidad del cliente ante la ley, evaluar si califica o no para un beneficio migratorio o predecir las probabilidades de éxito de su caso.
- Estrategia Legal: Asesorar sobre qué responder o cómo redactar hechos para que encajen en las definiciones legales de persecución, trata de personas o nexo causal.
- Representación: Presentarse como representante legal ante USCIS, firmar el formulario en calidad de abogado o representante (Formulario G-28), comparecer a entrevistas de USCIS en rol letrado o presentarse ante un Juez de Inmigración.
- Uso de Títulos Engañosos: Autodenominarse «abogado», «notario», «notary public» (término que en EE.UU. solo designa a un funcionario que da fe de firmas y que jamás equivale a la figura del notario latinoamericano), «consultor jurídico» o «especialista en derecho migratorio».
3. Cumplimiento Específico para el Estado de Nueva York (NY General Business Law § 460 et seq.)
Para aquellos estudiantes, usuarios o profesionales que operen o presten servicios de asistencia documental en el Estado de Nueva York, es imperativo conocer y cumplir rigurosamente con el Artículo 28-C de la Ley General de Negocios de Nueva York (New York Immigrant Assistance Service Law, NY GBL § 460-§ 460-j), el cual establece mandatos estrictos:
- Avisos y Letreros Obligatorios: Todo proveedor de servicios de asistencia a inmigrantes que no sea abogado debe colocar en su lugar de trabajo un letrero claramente visible y en letras de tamaño reglamentario que declare en inglés y en el idioma de sus clientes:
«NO SOY ABOGADO CON LICENCIA PARA EJERCER EL DERECHO Y NO PUEDO BRINDAR ASESORAMIENTO LEGAL NI ACEPTAR HONORARIOS POR ASESORAMIENTO LEGAL».
- Contrato Escrito Obligatorio: Todo servicio debe formalizarse mediante un contrato escrito previo, redactado en inglés y en el idioma principal del cliente, detallando minuciosamente cada servicio individual a prestar, el costo desglosado de cada uno, las tarifas de presentación del gobierno (filing fees), y otorgando al cliente el derecho estatutario e irrenunciable de cancelar el contrato dentro de los tres (3) días hábiles siguientes con reembolso íntegro de su dinero.
- Prohibición de Retener Documentos: Queda terminantemente prohibido retener documentos originales de identidad del cliente (pasaportes, actas de nacimiento originales) bajo ninguna circunstancia, incluso si existiera una disputa de pago.
- Fianza Requerida (Surety Bond): La legislación de Nueva York exige a los proveedores no abogados mantener una fianza de cumplimiento vigente en favor del Estado de Nueva York antes de ofrecer asistencia a inmigrantes.
El Estudiante es el único y exclusivo responsable de obtener las fianzas, registros mercantiles y licencias comerciales que su ciudad, condado o estado requieran para operar un negocio de preparación de documentos.
4. Responsabilidad Individual e Independencia Profesional del Estudiante
El hecho de inscribirse, cursar o graduarse de cualquiera de los programas de Immigration Professional Training:
- No crea ninguna relación de sociedad, franquicia, agencia, empleo, copropiedad ni representación legal entre el Estudiante y esta Academia ni con Sandra Rodríguez.
- No autoriza al Estudiante a publicitarse como sucursal, filial o delegación autorizada de Immigration Professional Training.
- No transfiere a Immigration Professional Training ninguna responsabilidad civil, contractual, extracontractual o penal respecto a los clientes particulares del Estudiante.
Cada egresado actúa bajo su propio riesgo, nombre comercial, póliza de responsabilidad y estricto criterio profesional. Si un estudiante incurre en mala praxis, negligencia, fraude, cobros indebidos o práctica no autorizada de la ley, lo hace bajo su exclusiva responsabilidad individual ante las autoridades competentes.
5. Ausencia Total de Garantías de Resultados ante Agencias Federales
Ni Immigration Professional Training ni Sandra Rodríguez garantizan ni pueden garantizar que la presentación de una solicitud o petición preparada utilizando las guías y metodologías didácticas de nuestros cursos resultará aprobada por las autoridades migratorias de los Estados Unidos.
La decisión final sobre cualquier trámite migratorio —incluyendo peticiones de asilo (I-589) y visas humanitarias y de trata (I-914)— corresponde de manera única, soberana y discrecional a los Oficiales de Adjudicaciones de USCIS, a los Oficiales de Asilo, a los Jueces de Inmigración del Departamento de Justicia o a los Oficiales Consulares del Departamento de Estado, en función de los méritos probatorios particulares de cada caso concreto y de las cambiantes directrices de política migratoria del gobierno de los Estados Unidos.
6. Alcance Académico del Respaldo de Northern International University (NIU)
Los certificados de finalización emitidos con el aval institucional y académico de Northern International University (NIU):
- Acreditan que el alumno ha completado satisfactoriamente una carga horaria específica de educación continua y capacitación vocacional especializada (Continuing Professional Education).
- NO constituyen un título universitario de Grado en Derecho (Juris Doctor / JD), ni una Maestría en Derecho (LL.M.), ni otorgan créditos universitarios conducentes a habilitación profesional letrada.
- NO constituyen una certificación del Departamento de Justicia (DOJ) ni de la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR).
- NO otorgan licencia ni derecho alguno para comparecer ante tribunales ni para brindar consejo legal en los Estados Unidos.
7. Consultas y Solicitud de Información
Si usted tiene cualquier duda sobre los límites de este descargo de responsabilidad o sobre la naturaleza técnica de nuestros programas formativos, comuníquese previamente con nosotros antes de formalizar su matrícula:
- Immigration Professional Training
- Dirección Académica: Sandra Rodríguez
- Correo Electrónico: immigrationprotraining@gmail.com
- Teléfono / WhatsApp de Atención: +1 (347) 314-9960
- Sede: Nueva York, NY, Estados Unidos de América
8. TITULAR E IDENTIFICACION DEL RESPONSABLE
El presente sitio web y los servicios digitales ofrecidos a través de él son operados por:
- Nombre de la marca: Immigration Professional Training
- Titular / Directora: Sandra Rodríguez
- Razón social: Bienvenidos a NuevaYork Corp.
DOS: 6940404
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